¿Qué fiscalizará la Dirección del Trabajo el día del plebiscito?
Entidad velará que los empleadores respeten el permiso de 2 horas que tienen los trabajadores para ir a sufragar.
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Como es habitual en cada proceso electoral, este domingo la Dirección del Trabajo (DT) se desplegará y fiscalizará que se respete el derecho a sufragio de los trabajadores que deban laborar ese día y también el feriado obligatorio de aquellos que laboran en malls y strip centers.
Según explicó la entidad a través de un dictamen, el próximo 25 de octubre es feriado, pero hay trabajadores exceptuados del descanso dominical. Sin embargo, para este universo de personas "los días que deban efectuarse elecciones constituyen días de descanso obligatorio".
Pese a todo, hay personas que sí o sí deberán trabajar ese día, ya que se desempeñan en labores que por su naturaleza siguen operando: como las bencineras, las farmacias, supermercados (no ubicados en centros comerciales), entre otros.
En este último caso, la Dirección del Trabajo señaló que estos trabajadores tienen derecho a que se les conceda el permiso necesario para ejercer funciones de vocal de mesa, miembro de Colegio Escrutador o delegado de Junta Electoral, como también para ir a votar.
Así, en concreto, las personas que trabajan este domingo tienen un permiso para ausentarse de las labores por un espacio de dos horas, a fin de poder sufragar. Además, también tienen permiso, por el tiempo necesario, para cumplir con las funciones de vocal de mesa, receptor de sufragios, miembro del Colegio Escrutador o delegado de Junta Electoral en caso de haber sido designado.
"Ambos permisos deben ser otorgados sin menoscabar las remuneraciones de los trabajadores", explicaron desde el estudio jurídico Salinas Toledo.
Fiscalización
Desde la Dirección del Trabajo, en tanto, señalaron que se fiscalizarán las denuncias que sean recibidas vía telefónica al 600 450 4000 entre las 09:00 y las 14:00 horas del domingo 25. También se recibirán denuncias en el sitio web www.direcciondeltrabajo.cl mediante un banner que se habilitará a partir de las 15:00 del sábado 24 de octubre y hasta las 14 horas del domingo 25.
Respecto a las sanciones, desde la DT señalaron que los empleadores que no respetan el permiso para ir a sufragar de dos horas, arriesgan sanciones que van de las 9 a las 40 Unidades Tributarias Mensuales. "Es decir, fluctuarán entre los $453.348 y $2.014.880, dependiendo de si la empresa tiene entre 1 a 49, 50 a 199 y 200 y más trabajadores, respectivamente".
En el caso de los empleadores que no respeten el feriado legal obligatorio (para aquellos casos en que se prestan servicios en centros o complejos comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica), la DT señaló que las sanciones varían entre las 10 y 60 Unidades Tributarias Mensuales, dependiendo de si la empresa tiene entre 1 a 49, 50 a 199 y 200 y más trabajadores, respectivamente.